El derecho a percibir una pensión compensatoria no puede crear en el acreedor una dependencia que impida su extinción

  1. Marta Ordás Alonso
Aldizkaria:
Diario La Ley

ISSN: 1989-6913

Argitalpen urtea: 2018

Zenbakia: 9325

Mota: Artikulua

Beste argitalpen batzuk: Diario La Ley

Laburpena

El mero hecho de que uno de los cónyuges lleve años percibiendo una pensión compensatoria no puede traducirse en la imposibilidad de su extinción por haberse hecho dependiente de la misma.

Erreferentzia bibliografikoak

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