Incumplimiento de servicios mínimos y responsabilidad de promotores y partícipes en la huelga
ISSN: 0213-7097
Year of publication: 2009
Issue: 13
Pages: 1
Type: Article
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Abstract
El derecho de huelga tiene un límite básico: la prestación de utilidades consideradas esenciales para la comunidad; de ahí la fijación de servicios mínimos por la autoridad competente. El incumplimiento de los mismos genera responsabilidades cuando se causen perjuicios desproporcionados al interés colectivo