Informe del Comité Científico de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (AESAN) sobre la programación de toma de muestras de peligros biológicos en los controles oficiales

  1. Antonio Valero Díaz
  2. Rosa María Capita González
  3. Baltasar Mayo Pérez
  4. Azucena del Carmen Mora Gutiérrez
  5. María Dolores Rodrigo Aliaga
  6. María de Cortes Sánchez Mata
Aldizkaria:
Revista del Comité Científico de la AESAN

ISSN: 1885-6586

Argitalpen urtea: 2024

Zenbakia: 39

Orrialdeak: 63-87

Mota: Artikulua

Beste argitalpen batzuk: Revista del Comité Científico de la AESAN

Laburpena

La Administración General del Estado establece los mecanismos de control y cooperación en materia de seguridad alimentaria con las autoridades competentes de las administraciones responsables de los controles oficiales. Con el propósito de mejorar la calidad y homogeneidad de los controles oficiales referidos a los peligros biológicos en alimentos, la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (AESAN) y las comunidades autónomas disponen de un Documento de orientación para la programación de toma de muestras de peligros biológicos en el marco del Plan Nacional de Control Oficial de la Cadena Alimentaria 2021-2025, el cual establece un modelo semicuantitativo que tiene en cuenta, por un lado, el impacto en la salud, considerando incidenciay gravedad y, por otro, la prevalencia, compuesta por datos de muestras no conformes y notificaciones de alertas. A petición de la AESAN, el Comité Científico ha valorado este Documento de orientación, y la conclusión final es que este Documento es adecuado en el momento actual, para el fin previsto. En concreto, los criterios basados en el cálculo del impacto en salud se consideran válidos para los peligros biológicos estudiados. En cuanto al cálculo de la prevalencia, se podrían considerar diferentes niveles de percentil para los parámetros de porcentaje de muestras no conformes y número de notificaciones de alertas. Se valora positivamente la utilización del factor de corrección por tratamiento de inactivación para la corrección de la puntuación asociada a la prevalencia. En cuanto a la distribución de categorías de alimentos y peligros analizados, se considera adecuada y se recomienda reevaluar esta distribución considerando datos de consumo promedio de las distintas categorías de alimentos en cada una de las comunidades autónomas. También se considera adecuado para el fin previsto el procedimiento para el cálculo del número de muestras y los intervalos de puntuación de riesgo utilizados para los diferentes pares peligro-alimento. Finalmente, se hacen algunas sugerencias de revisión de algunos criterios en el futuro en el caso de que haya información disponible, y se indica que el Documento de orientación deberá actualizarse periódicamente a la luz de la experiencia de su aplicación, el avance en los conocimientos científicos, los cambios en la legislación y las directrices y herramientas sobre priorización y frecuencia de inspección basada en el riesgo que puedan desarrollarse a nivel nacional o de la Unión Europea..