La obligación de motivación individualizada en las resoluciones judiciales de interceptación de las comunicaciones electrónicas
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Universidad de León
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ISSN: 2255-551X
Año de publicación: 2023
Número: 114
Tipo: Artículo
Otras publicaciones en: La Ley Unión Europea
Resumen
Conforme a los arts. 18.3º y 55.2º de la Constitución, bajo el bagaje hermenéutico del Tribunal Constitucional, Tribunal de Justicia de la Unión Europea y Tribunal Europeo de Derechos Humanos, la resolución de autorización judicial constituye el epicentro de las garantías procesales frente a la interceptación de las comunicaciones electrónicas a través de las herramientas tecnológicas avanzadas de investigación penal. Escuchas telefónicas y otras intervenciones de contenido y datos de tráfico que deben responder a los principios de especialidad, idoneidad, excepcionalidad, necesidad y proporcionalidad, en cuanto requisitos para la limitación de los derechos fundamentales al secreto de las comunicaciones y protección de datos personales. Para lo que resulta inexcusable desde el punto de vista procedimental la motivación específica de la autorización judicial para garantizar el derecho que dimana de la tutela judicial efectiva a un proceso equitativo.