La obligación de motivación individualizada en las resoluciones judiciales de interceptación de las comunicaciones electrónicas

  1. Luis Ángel Ballesteros Moffa 1
  1. 1 Universidad de León
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    Universidad de León

    León, España

    ROR https://ror.org/02tzt0b78

Revista:
La Ley Unión Europea

ISSN: 2255-551X

Año de publicación: 2023

Número: 114

Tipo: Artículo

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Resumen

Conforme a los arts. 18.3º y 55.2º de la Constitución, bajo el bagaje hermenéutico del Tribunal Constitucional, Tribunal de Justicia de la Unión Europea y Tribunal Europeo de Derechos Humanos, la resolución de autorización judicial constituye el epicentro de las garantías procesales frente a la interceptación de las comunicaciones electrónicas a través de las herramientas tecnológicas avanzadas de investigación penal. Escuchas telefónicas y otras intervenciones de contenido y datos de tráfico que deben responder a los principios de especialidad, idoneidad, excepcionalidad, necesidad y proporcionalidad, en cuanto requisitos para la limitación de los derechos fundamentales al secreto de las comunicaciones y protección de datos personales. Para lo que resulta inexcusable desde el punto de vista procedimental la motivación específica de la autorización judicial para garantizar el derecho que dimana de la tutela judicial efectiva a un proceso equitativo.