17 de diciembre de 1992. Colocación de bienes. tiempo en que debe efectuarse la evaluación de los bienes colacionables; valoración de los bienes donados; incremento de valor de los bienes donados. Interpretación del artículo 1.045, párrafo 2 del Cc

  1. Lobato Gómez, J. Miguel
Revista:
Cuadernos Civitas de jurisprudencia civil

ISSN: 0212-6206

Ano de publicación: 1993

Número: 31

Páxinas: 101-108

Tipo: Artigo

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