La deducción del IVA en la actividad investigadora desarrollada por las universidadescomentarios a la Sentencia del Tribunal Supremo núm. 1704/2023, de 15 de diciembre de 2023
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Universidad de León
info
ISSN: 1696-0173
Año de publicación: 2024
Número: 1
Páginas: 259-274
Tipo: Artículo
Otras publicaciones en: Nueva fiscalidad
Resumen
El Tribunal Supremo, en su Sentencia núm. 1704/2023, de 15 de diciembre de 2023, aclara y refuerza el derecho a la deducción de las cuotas del IVA soportadas por adquisiciones de bienes y servicios afectos a la actividad de investigación básica realizada por las Universidades, incluso en los casos en los que los proyectos de investigación básica no conlleven una contraprestación de forma inmediata y directa. Con ello, el Tribunal rechaza el criterio Administrativo iniciado en la resolución del TEAC de 25 de septiembre de 2018, que negaba la sujeción al IVA de las actividades de investigación básica cuando su finalidad no era la explotación empresarial, sino la transferencia de conocimiento a la sociedad.
Referencias bibliográficas
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- FALCÓN Y TELLA, R.: “La investigación básica y el IVA: la Res. TEAC de 28 marzo 2019”, Quincena Fiscal, núm. 3, 2020.
- PEDREIRA MENÉNDEZ, J.: “El I+D+i desarrollado a través de universidades, organismos públicos de investigación y entidades no lucrativas: investigación básica o aplicada y la problemática deducibilidad del IVA”, Quincena Fiscal, núm. 15-16, 2019.
- PEDREIRA MENÉNDEZ, J., “El IVA en la labor investigadora de las Universidades Públicas (Análisis de la RTEAC de 25 de septiembre de 2018, RG 5879/2014)”, Revista de Contabilidad y Tributación, núm. 430, 2019.