Conflicto de competencias entre el estado y las comunicades autónomas en el marco del programa de activación para el empleocomentario a la Sentencia del Tribunal Constitucional 40/2019, de 27 de marzo
ISSN: 2386-7191
Argitalpen urtea: 2019
Zenbakia: 20
Orrialdeak: 165-181
Mota: Artikulua
Beste argitalpen batzuk: Revista de derecho de la seguridad social. Laborum
Laburpena
La convivencia de una pluralidad de centros normativos y administrativos fruto de la organización territorial del Estado de las Autonomías que la norma suprema reconoce y garantiza, y el tratamiento constitucional por cuanto a asignación y asunción de competencias se refiere, supone, sin duda alguna, uno de los puntos de fricción más comunes ente el Estado y las CCAA. En este sentido, cuando dos entes –uno autonómico y otro estatal– recaban para sí las mismas atribuciones, procede determinar con claridad la materia objeto de controversia que será la que en última instancia determine quién posee la legitimación para su ejercicio. Buena muestra de estas circunstancias puede encontrarse en el régimen jurídico del programa de activación por desempleo regulado en el Real Decreto Ley 7/2017.