La función judicial de los concilios hispanos en la Antigüedad tardía

  1. LETINIER MICHEL, ROSINE
Zuzendaria:
  1. Fernando de Arvizu Galarraga Zuzendaria

Defentsa unibertsitatea: Universidad de León

Fecha de defensa: 1996(e)ko maiatza-(a)k 17

Epaimahaia:
  1. José Orlandis Rovira Presidentea
  2. Manuel Rozados Taboada Idazkaria
  3. César Rascón García Kidea
  4. Germain Sicard Kidea
  5. Manuel Pérez-Victoria Benavides Kidea
Saila:
  1. DERECHO PRIVADO Y DE LA EMPRESA

Mota: Tesia

Laburpena

La investigacion se ha centrado en una actividad o faceta de los concilios hispanos que no habia recibido, hasta ahora, una investigacion de conjunto: su actividad judicial. La expresion "antiguedad tardia" significa que abarca la etapa ultima de la dominacion romana y toda la etapa visigoda (ss. V a viii). Se ha efectuado una vision introductoria del tema en los caps. I y ii, tratando de los concilios como asambleas politico-judiciales y sistematizando las normas de actuacion juridico-procesal conocidas y aplicadas por ellos contenidas en la coleccion hispana. Se han estudiado, en los capitulos siguientes, todos los juicios que tuvieron lugar en los concilios hispanos conocidos. Asi, las cuestiones de geografia eclesiastica (cap. Iii), la disciplina eclesiastica y el comportamiento moral de los clerigos (cap. Iv), las cuestiones de patrimonio eclesiastico (cap. V), las apelaciones o recursos a roma (cap. Vi) y los juicios sobre asuntos politicos (cap. Vii). La obra se completa con las conclusiones y 5 anexos: canones citados (anexos i y ii), traduccion del juicio entre los obispos de ecija marciano y avencio (anexo iii), del que existian versiones poco fiables, cronologia (anexo iv) e indice onomastico (anexo v). Se han utilizado las fuentes conocidas y la bibliografia existente sobre aspectos parciales.