La Política Común de Defensa y la defensa común en la Unión Europea tras el Tratado de Lisboafactores que determinan la definición progresiva de una política europea de seguridad y defensa. Hacia una defensa común europea

  1. REGALADO DE LOS COBOS, GABINO
Zuzendaria:
  1. Francisco Aldecoa Luzárraga Zuzendaria

Defentsa unibertsitatea: Universidad del País Vasco - Euskal Herriko Unibertsitatea

Fecha de defensa: 2016(e)ko urtarrila-(a)k 29

Epaimahaia:
  1. Romualdo Bermejo García Presidentea
  2. Noé Cornago Prieto Idazkaria
  3. Jose Luis Castro Ruano Kidea
  4. Cristina Churruca Muguruza Kidea
  5. Mercedes Guinea Llorente Kidea

Mota: Tesia

Teseo: 447780 DIALNET

Laburpena

El proceso hacia una defensa común europea es insoslayable como consecuencia de la inercia del proceso de construcción europea y forzado por la necesidad ¿urgente¿ de los Estados miembros de, por un lado, afrontar todo el espectro de misiones militares, incluidas las más exigentes de combate y la defensa colectiva, que el contexto de seguridad actual plantea a Europa, y por otro, de dotarse de los elementos y capacidades militares necesarios para ello, habiéndose revelado insuficiente el actual modelo basado en la cooperación interestatal. Solo mediante una Unión de defensa europea, es posible dotarnos de una defensa eficaz y creíble. Coherentemente con esta situación, el Tratado de Lisboa refleja el cambio de paradigma necesario con relación a la defensa y propone una hoja de ruta hacia la defensa común a través de una alianza defensiva (Art. 42.7) y una Cooperación Estructurada Permanente (CEP) para conseguir materializar una defensa común creíble. De hecho, como consecuencia de la entrada en vigor del Tratado de Lisboa, podemos decir que ya estamos en el camino hacia una defensa común. Sólo falta andarlo.